jueves, 12 de abril de 2012

¿Qué conceptos laborales deben pagársele al trabajador cuando se encuentre de reposo?

Cuando el trabajador se encuentra de reposo medico la relación de trabajo queda suspendida a tenor de lo establecido en los literales a) y b) del articulo 94 de la Ley Orgánica del trabajo, lo que trae como consecuencia que durante ese periodo el trabajador no devengará -en principio-: salario, prestación de antigüedad, vacaciones  y utilidades; ello por cuanto los mismos tienen como origen la prestación efectiva del servicio.

y en cuanto a los beneficios o conceptos que si deben serle cancelados, se encuentran:

Norma jurídica
Concepto
Responsable
Ley del Seguro Social articulo 9; Reglamento de la ley del Seguro Social articulo 141
Pago del salario durante los tres (3) primeros días del reposo.
El empleador
Ley del Seguro Social articulo 9; Reglamento de la ley del Seguro Social articulo 141
Pago de indemnización diaria equivalente a los dos tercios (2/3) del promedio diario de salario, a partir del 4º día
Instituto Venezolano de los Seguros Sociales
LOPCYMAT articulo 101, y 86 del RLOPCYMAT
Prestación de antigüedad, en caso de accidente de trabajo o enfermedad ocupacional
El empleador
Ley de Alimentación para los Trabajadores y las trabajadoras articulo 6º
Beneficio de alimentación hasta por un periodo de doce meses
El empleador

172 comentarios:

Anónimo dijo...

cuando una persona trabaja en 2 empresas y cotiza el sso en una,la otra empresa donde no coriza que porcentaje en caso de suspención le debe pagar

Gabriel Atencio, CHST, STSC dijo...

Si me indica al menos su correo electronico le podria responder la pregunta.

Anónimo dijo...

Buenas tardes. Será posibe que me indique como se refleja en el recibo de pago que solo se cancelan los 3 primeros días de reposo y que el resto le corresponde al IVSS. Me puede enviar la respuesta a atorresfarfan@gmail.com

Unknown dijo...

Buenas Tardes amigo, durante cuanto tiempo el empleador esta obligado a cancelar el 33,3% del salario al trabajador? jgdakkak1@gmail.com

Anónimo dijo...

amigo buenas tardes quisiera saber que ocurre si llevo los reposos a mi patrno despues de pasada las 48 horas aviles para entregarlos fabricio_5858@hotmail.com

Anónimo dijo...

buen dia! yo estoy de reposo pre y post. ¿a mi me corresponde algun tipo de pago por la empresa? estoy de reposo desde octubre y hasta los momento no se me a pagado nada

Anónimo dijo...

Buenas tardes, tengo un trabajador que lo operaron y lo suspendieron 21 dia, esta semana recibiria el primer pago del año 2013 por que entramos de vacaciones el lunes 14 de enero, debo cancelarle 3 dias de su salario y los 4 dias restante el 33.3 % de su sueldo diario ??? Gracias.. esperando respuesta yvergel@hotmail.com

Anónimo dijo...

Buenos días amigo. Yo he estado de reposo x hernias discales al principio la empresa pagaba el 100% de 2 años para aca me paga el 33 q le corresponde como empresa y el resto lo paga pero en calidad de préstamo, hasta q el seguro social me pague, pero si se llega al mes de pago de las utilidades todo el dinero q me hallan pagado en calidad de préstamo después me lo descuenta del pago de las utilidades, está bien , es correcto ? X favor saqueme de la duda. Yeizunyperez@hotmail.com

Anónimo dijo...

gano sueldo minimo y estuve una semana de reposo cuanto deben pagarme

Unknown dijo...

buenos dias, mi esposo fue operado por una apendicitis, por lo que he leido el pago de su sueldo debe ser por es seguro social, estoy bastante confundida y no tengo asesoramiento, mi correo es alejac1984@gmail,com, por favor expliqueme

Unknown dijo...

buenos dias, mi esposo fue operado por una apendicitis, por lo que he leido el pago de su sueldo debe ser por es seguro social, estoy bastante confundida y no tengo asesoramiento, mi correo es alejac1984@gmail,com, por favor expliqueme

Anónimo dijo...

EXPLICARME SOBRE EL REGIMEN PARCIAL Y EL TIPO DE COTIZACIÓN- TANTO DEL PATRONO COMO DEL TARBAJADOR- A FIN DE DCIFRENCIARLA DEL REGIMEN TOTAL. EN QUE AMBITO SE APLICA Y PORQUE ?. ademas de sus difrencias ..... REPONDER A diazj_58@hotalmail.com

Anónimo dijo...

BUENOS DIAS , TENGO A 2 TRABAJADORES QUE ESTAN YA PENSIONADOS TENGO QUE INSCRIBIRLO EN EL IVSS Y OTRA PREGUNTA QUE PASA SI UN TRABAJADOR PRESENTA UN REPOSO DESPUES DE 3 DIAS SI PRESENTARSE A TRABAJAR NI NOTIFICAR DICHA FALTA GRACIAS
jaquelinec_rb@hotmail.com

Anónimo dijo...

buenos tardes, mi esposa esta de reposo post natal y ella no percibe salario por parte de la empresa en la cual trabaja, ella tiene que esperar a que el seguro social IVSS le pague los reposos pre y post natal, otras personas me han comentado que la empresa donde labora ella esta obligada a pagar aunque sea un porcentaje, creo que 35%, del salario quiero saber si eso es cierto y que ley y en que articulo aparece eso de antemano muchas gracias.
darwinfernandez6@hotmail.com

Anónimo dijo...

Buenas noches, tengo un inconveniente en mi trabajo, resulta que estoy de reposo desde el 02 hasta el 27 de febrero porque me diagnosticaron artritis gotosa en una rodilla, resultando que no he recibido pago de quincena en lo que va del mes, motivado a que el patrono dice que a mi no me sale pago porque no es accidente laboral ni enfermedad ocupacional, ademas hace un mes falleció mi madre en la ciudad de Maracaibo y me descontaron los ocho días que estuve fuera de la ciudad de Anaco que es donde laboro por ese inconveniente, quisiera saber que solución le podemos encontrar a ese problema, espero pronta respuesta, muchas gracias. jacksonvelasquez90@gmail.com

Anónimo dijo...

buenas tardes estoy de reposo desde el 04-03-2013 porque me operaron de una eventracion, mi pregunta cuanto debe cancelarme la empresa?, mi sueldo es de 3.057.42 (cobro semanal), por favor necesito asesoramiento. correo yarebys65@hotmail.com

Aura Romero dijo...

Buen día, me encuentro de reposo desde el 21 de enero por accidente laboral donde a causa del piso resbaloso de la empresa tuve una fractura en el codo. Primero me dieron un reposo por 21 días debido a la inmovilización del codo, luego de 15 días por rehabilitación. Esos 36 días me los pago a empresa luego de validar mis reposos en el ivss, en plena rehabilitación la fisiatra me da otro reposo por 21 días por una limitación funcional del codo, convalide mi reposo ante el ivss el 1 de marzo; hoy de me llaman de la empresa para decirme que ese reposo no me lo cancelan ellos sino el ivss, tienen razón? que debo hacer? agradezco su ayuda. auraromerod@gmail.com

Anónimo dijo...

Buenosdias, me operaron de apendicitis de emergencia y me mandaron 21 diasdereposo, llevelavalidacion del seguro de la empresa y ya me descontaron el 67% restante de mi sueldo sin darme la planilla asesorarme de cuando, como y donde debo ir para tramitarel pago de lo restante de mi sueldo. Agradezco su ayuda, mi correo dneidajosefina@yahoo.es

Anónimo dijo...

hola buenas tardes, estoy de reposo actualmente y antes de este reposo he estado tambien. mi pregunta es, si yo estube y estoy de reposo porque la empresa donde trabajo no se a manifestado nunca en cancelar las indemnizaciones correspondientes y de lo unico que dicen es que el seguro social paga todo despues del 4to dia. podran explicarme eso por favor.atte REY.

Anónimo dijo...

BUENAS TARDES EXPLIQUENME POR FAVOR DEL PORQUE LAS EMPRESAS NO SE HACEN RESPONSABLES DE LAS INDEMNIZACIONES CORRESPONDIENTES AL 4TO DIA EN ADELANTE Y DONDE SE PUEDEDENUNCIAR LOS CASOS YA QUE EN LOS ACTUALES MOMENTOS ESTOY Y HE ESTADO DE REPOSO Y LA EMPRESA COMO TAL NO ME MANIFESTADO NADA. ATTE.reyspeed150-@hotmail.con.agradeceria su valiosa respuesta gracias.

Anónimo dijo...

buenas tardes tengo 5 meses de reposo por operacion en la cervical durante la operacion me paralizaron la cuerda vocal izquierda. la empresa me quiere retirar cual seria mi liquidacion ya que gano 8000 mensual


mi correo electronico kasi1662@hotmail.com

Anónimo dijo...

buen dia, estoy de reposo por 15 dias, mi reposo empezo en sabado y el dia lunes fui a llevar el reposo y trabaje ese dia. tengo inmovilizada mi mano izquierda de una tendinitis en el dedo pulgar, la cual se presume laboral, ya que hace año y medio me operaron de la drecha de misma enfermedad la cual esta ya notificada al inpsasel. mi pregunta en este caso el empleador paga 33,3 % o es el salario completo? le agradezco me oriente en esto.

mi correo es thavique@hotmail.com

Anónimo dijo...

Si me pago de SOS regimen parcial y siempre la empresa ha pagado los reposos, es legal que digan que de ahora en adelante despues de cierto tiempo de reposo hay que validar los reposos por el SOS para que ellos paguen y que en el caso que la empresa pague porque el reposo es corto ese monto no va a prestaciones ni utilidades ni vacaciones ni prestaciones favor reponder a
pochas2112@yahoo.es

Anónimo dijo...

cuando una persona trabaja para 2 empresas y cotiza el sso en una,la otra empresa donde no cotiza que porcentaje se le debe pagar. ella salio por 20 días de reposo como le pago. Gracias

Anónimo dijo...

buenas tardes! tengo un compañero de trabajo que mando un email diciendo que habia tenido un accidente automovilistico el dia 20-04-2013, a la fecha no ha traido el reposo que aparantemente es por 21 dias, puede considerarse que abandono su trabajo?. que tiempo tiene para entregar el reposo?. Gracias

Anónimo dijo...

cuando una persona trabaja en 2 empresas y cotiza el sso en una,la otra empresa donde no coriza que porcentaje en caso de suspención le debe pagar.

carlos_rojas78@hotmail.com

Atte.
Carlos Rojas.
10070750

Anónimo dijo...

si se a estado de reposo durante 12 mese por un accidente no laborable quisiera saber si corresponde el pago de utilidades

Anónimo dijo...

buenos dias amigo cuando uno accidente fuera del labor de la empresa como deberia cancelar los reposo el empleador a 21 dia de reposo richard_01_91@hotmail.com

Anónimo dijo...

buenes tardes tengo una duda por ejenplo el bono de asistencia aquien le correesponde pagarlo al seguro o al empleador gracias esperando una pronta rtespuesta me despido.......

Anónimo dijo...

BUENOS DIAS CUANDO UN TRABAJADOR ESTA REPOSO 3 MESES LA PARTE QUE LE CORRESPONDE AL SEGURO SOCIAL CUANDO ES REGIMEN PARCIAL QUIEN LO PAGA

Anónimo dijo...

buenas noches tengo 13 meses de reposo por un accidente laboral y las vacaciones vencidas hace 5 meses. mi pregunta es me pueden pagar las vacaciones estando de reposo? la empresa normalmente me ha pagado mi sueldo(semanalmente)

Anónimo dijo...

buenos tardes, mi esposa esta de reposo post natal y ella no percibe salario por parte de la empresa en la cual trabaja, ella tiene que esperar a que el seguro social IVSS le pague los reposos pre y post natal, otras personas me han comentado que la empresa donde labora ella esta obligada a pagar aunque sea un porcentaje, creo que 33%, del salario mensual quiero saber si eso es cierto y que ley y en que articulo aparece eso de antemano muchas gracias. ESPERO TU RESPUESTA
ATT.WILLY RAMIREZ
CORREO; WRAMIREZ-11@HOTMAIL.COM

Anónimo dijo...

Buenas tarde tengo una duda estoy de reposo desde 7 de mayo y quisiera saber si es obligado al patrono pagar el 33.33 % de sueldo y en que articulo aparacece mi correo es yuneleniel@hotmail.com gracias

Anónimo dijo...

buenos dias para una informacion ya que despues de 20 de servicios tengo un mes de reposo por primera ves y el patrono me llama para desirme que las normativas de la empresa despues de un mes de reposo paso a cobrar por el suguro . como puedo acesorarme y si esta contemplado en la ley gracias antemano espero pronta respuesta.mi correo es elfarmaco10@hotmail.com

Anónimo dijo...

Buenas tardes, cuando hay regimen parcial de seguro social como en Anaco Edo anzoategui, como deben pagarme el reposo medico por una enfermedad no profesional

Anónimo dijo...

Buenos dias, un cordial saludos, les comunicos que estoy muy preocupada por que unos de los trabajadores el dia sabado 25/05/2013, el hampa comul lo sometiron al muchacho y le diron 4 tiro, mi inquietud es como debo de hacer sus pagos a partir de su accidente no laboral,espero su respuesta a la brevedad posible mi correo es sagrario12367@hotmail.com
Nota: tengo que pagar el bono alimenticio. antetodo gracia por su apoyo

Anónimo dijo...

hola buenas tarde, tengo un trabajador que le dieron 10 dias de reposo medico y aqui en maturin rige el seguro social en FORMA PARCIAL, CUANTO O QUE DEBO PAGRALE AL TRABAJADOR? HAY ALGUN PORCENTAJE ESPECIFICO.
Aqui dejo mi correo por si puede ayudarme:
joserc33@gmail.com

Anónimo dijo...

buenas tardes quisiera saber como deberia ser el calculo para el pago cuando uno esta en reposo
a mi me pagan un salario basico y un bono por productividad este bono se toma en cuenta

Anónimo dijo...

buenas tardes.
por favor me gustaría ver un ejemplo de pago a una persona en reposo cuando su sueldo sobrepasa los 5 salarios mínimos, ya que este es el tope, la empresa debería reconocerle la diferencia?.
correo josegonzalez69@hotmail.com

Doris dijo...

Buenos días, quisiera que me asesorara en lo siguiente: estuve embarazada mientras estaba trabajando, me dieron el pre y post natal (feb-2012 al oct-2012) y lo convalidé ante el sso. La empresa me pagó en ese tiempo el 100% del sueldo (sueldo por reposo, así aparece en los recibos de pago). Para finales de mayo 2013 me retiré de la empresa, y cuando fui a recibir mi liquidación me están descontando casi 17.000 de pre y post natal, lo que alegan es que ellos me pagaron el sueldo completo cuando estuve de reposo y como me estoy retirando me lo deben descontar, y que en el caso de que no me hubiese retirado y el sso me reintegrara el dinero, debo reponerlo a la empresa. Eso es legal? Quisiera saber si eso es así, y en qué ley se establece. En ningún momento ellos llegaron a un acuerdo conmigo cuando salí del pre y post, y realmente tampoco me asesoré en ese tiempo.. doriannys0887@gmail.com. Agradezco toda la asesoría que me pueda dar!!

pedidostequenisimo dijo...

Buenos dias en caso de que por malestar se acuda al seguro social y no se amerite un reposo medico si no que solo se da el justificativo medico en el cual este dice el horario en el cual fue atendido y solo fue medio dia el trabajador tiene que ir a trabajar en el otro mediodia faltante para completar la jornada? otra cosa el patrono debe pagar el dia o solo esa media jornada? mi correo cardozomonica195@gmail.com. agradezco la asesoria que me pueda dar gracias feliz dia

pedidostequenisimo dijo...

Buenos dias en caso de que por malestar se acuda al seguro social y no se amerite un reposo medico si no que solo se da el justificativo medico en el cual este dice el horario en el cual fue atendido y solo fue medio dia el trabajador tiene que ir a trabajar en el otro mediodia faltante para completar la jornada? otra cosa el patrono debe pagar el dia o solo esa media jornada? mi correo cardozomonica195@gmail.com. agradezco la asesoria que me pueda dar gracias feliz dia

Unknown dijo...

estube de reposo 21 dias y la empresa me pagla mitad del sueldo que debo llevar al seguro para que me cancelen la otra mitad gracias rochepedro79@gmail.com

Unknown dijo...

estube de reposo 21 dias y la empresa me pagla mitad del sueldo que debo llevar al seguro para que me cancelen la otra mitad gracias rochepedro79@gmail.com

Anónimo dijo...

me dieron reposo por 20 días,(desde el 10 junio al 30 junio)lleve el reposo del especialista traumatologo del IVSS el 11 junio a mi trabajo,quisiera saber como sera mi pago,porque según me han comentado solo me pagaran los 3 primeros días los restantes 17 días, no serán pagados por el patrono.Por favor necesito asesoramiento a mi correo pegukerly60@hotmail.com

Anónimo dijo...

Buenos días, en el mes de marzo me operaron de los riñones y me dieron mes y medio de reposo, el empleador me pago todos estos meses y en esta quincena me depositaron 86 bs descontandome el reposo yo gano sueldo mínimo, quisiera saber si esa es la cantidad que debe cancelarme el patrono mi correo es normanrubio67@gmail.com gracias

Anónimo dijo...

buenos días, el mes pasado me descontaron de los cesta tickets, tres dias por dos permisos justificados cuando pregunte en RRHH me dijeron que los tickets de el personal administrativo son 1123, sin embargo en la constancia de trabajo dice 1177, no sabia que los tickets se tasaban dependiendo del cargo, ademas todos los trabajadores aqui tenemos el mismo sueldo, necesito me asesore al respecto gracias normanrubio67@gmail.com

Unknown dijo...
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Anónimo dijo...

tengo una duda estoy de reposo desde 21 de marzo y quisiera saber si es obligado al patrono pagar el 33.33 % de sueldo y con medico laboral y en que articulo aparece? mi correo es loutett2018@gmail.com

Anónimo dijo...

tengo una duda estoy de reposo desde 21 de marzo y quisiera saber si es obligado al patrono pagar el 33.33 % de sueldo y con medico laboral y en que articulo aparece? mi correo es xiomaisa2010@hotmail.com

Anónimo dijo...

Buenas tardes estoy de reposo por una hernia inguinal y la empresa creo me paga por el sueldo mínimo y yo gano más del minimo con cual salario deben pagarme

Anónimo dijo...

Buenas tardes quisiera me ayuden estoy de reposo y la empresa me esta pagando con el sueldo mínimo y yo gano mas que eso gano 3.044 por favor quisiera saber con cual salario deberían cancelarme la quincena gracias gutigli@hotmail.com

Anónimo dijo...

Hola trabajo en una fabrica y nunca me cheqeo el medico laboral d la empresa y ahora tengo heria unbilical . Ellos me mandaron al seguro social d puerto la cruz para qe yo mismo aga las diligencia pa qe me operen. Ellos me van a dar un prestamo para qe yo pueda hacerme los examenes q me mande el cirujano y no me van a pagar mis semana d sueldo mientra este d reposo xq es el seguro social q tiene q pagarme. Ayundenme si estan obrando bien. My correo es, carlospunseles@yahoo.com

jose alvarez dijo...

Buenas Tardes, en el caso de que un trabajador haya tenido un reposo por unlargo tiempo, y la empresa sea gubernamental, el patrono paga solo 1/3 del salario...? aun cuando las empresas publicas paguen las indemnizaciones a traves de factura.... y si pagan a traves de facturas porque no cancelan por completo si luego el seguro les va a cancelar

Anónimo dijo...

buenos dias, mi caso es el siguiente estoy embarazada y mi jefa lo primero que me dijo fue guarde dinero por que la empresa no esta obligada a pagarme sino solo el bono de alimentacion, y tengo entendido que ellos tienen que pagarme el 33% del sueldo, y lei la LOTT pero no entiendo por que dice qel pago sera segun normativa que rige la Seguridad Social.y e buscado esa normativa y solo aparece que el IVSS paga 66% y el patrono el resto :(. correo: ivoncita1710@hotmail.com

Anónimo dijo...

buenas tardes al igual que muchos en este foro tambien necesito saber si la empresa cancela el 33% restante de lo que cancela el seguro social, ya que me voy de reposo pre y postnatal para finales de este de julio y necesito saberlo por favor, agradecida mil veces y esperando pronta respuesta me despido este es mi correo hensy_chiqui@hotmail.es y hensy_chiqui@hotmail.com

Anónimo dijo...

tengo una empresa tengo asegurado a mis empleados , yo puedo asegurar al seguro social yo.

favor responder urgente
gracias.

Anónimo dijo...

Buenas Tardes

Estuve de reposo por 15 dias y queria saber si el patrono me debe cancelar la quincena completa o como deben proceder..gracias marvinespinel@yahoo.com

Anónimo dijo...

buenas quisiera saber si la empresa le corresponde cancelar el tiempo de reposo ya que me encuentro de reposo por una operación me dieron un primer reposo por 21 días y actualmente me mandaron nuevamente 21 días mas, mi inquietud es que si la empresa debe cancelarme el reposo o que porcentaje me gustaría su ayuda me puede responde al correo yocari_82_@hotmail.com
gracias.

Unknown dijo...
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Unknown dijo...

Cuando una persona trabaja en 3 empresas en cual debe cotizar, y cual seria su porcentaje, ya que me están descontando en 2.

Anónimo dijo...

hola buenas tardes, tengo una trabajadora embarazada, sale de reposo pre el 29 de julio, mi pregunta es: que porcentaje del sueldo debo cancelarle? me han informado que los tres primeros dias y que a partir del cuarto dia le cancela el seguro social? igual es con el reposo post natal? y que mensualmente se le cancela el bono de alimentacion unicamente? de antemano gracias mi correo es mirian.0505@gmail.com

Carmen Peña dijo...

hola buenas noches, tengo una dura con los reposos por enfermedad comun y pre-òst natal.mi pregunta es: Me informaron que los tres primeros dias y que a partir del cuarto dia le cancela el seguro social y que mensualmente se le cancela el bono de alimentacion unicamente. Es esto correcto y donde se basa legalmente. Muchas gracias. mi correo es carmenpena21@hotmail.com

Anónimo dijo...

HOLA. COMO Y CUANTO DEBEN PAGAR LOS PRODUCTORES DE LAS EMPRESAS DE PROPIEDAD SOCIAL DIRECTA COMUNAL? Y COMO SE DEBEN REGISTRAR YA QUE EN ESTE TIPO DE EMPRESAS NO HAY PATRONO?

ANA MENDOZA CORREO: mendozapure@yahoo.es

Anónimo dijo...

Hola buenos dias , tengo una duda y quisiera que me ayudaran yo trabajo en una empresa que ya tengo casi 2 años y nunca me han pagado lo que s el seguro social y x lo tanto no he cotizado pero me quiero ir , la empresa esta obligada a pagarme todo eso o en este caso que debo hacer.

jolcy17_5@hotmail.com

Anónimo dijo...

Hola en mi caso estoy de reposo por cervicalgia la empresa decidió pagarme el 33 % del salario si esta empresa tiene el sistema Tiuna no debe ser por alli qeu se hagan los descuentos? que sucedería si la empresa no me acepta un reposo y si ademas como ya lo ha hecho se niega a entregarme los recibos de pago? mi correo es maryfuenmayor@yahoo.com

Anónimo dijo...

El articulo 73 de la nueva ley organica deltrabajo Lottt reza lo siguiente:
"Durante el tiempo que dure la suspensión, el trabajador o trabajadora no estará obligado a prestar el servicio ni el patrono o la patrona a pagar el salario.

En los casos de los literales a) y b) del artículo anterior, el patrono o la patrona pagará al trabajador o trabajadora la diferencia entre su salario y lo que pague el ente con competencia en materia de seguridad social.

En caso que el trabajador o trabajadora no se encuentre afiliado a la seguridad social por responsabilidad del patrono o de la patrona, éste o ésta pagará la totalidad del salario.

El tiempo de la suspensión se computará para la antigüedad del trabajador o trabajadora.

El patrono o la patrona deberá continuar cumpliendo con las obligaciones relativas a:
a) La dotación de vivienda y alimentación del trabajador o trabajadora, en cuanto fuera procedente.
b) Las cotizaciones establecidas por el Sistema de Seguridad Social.
c) Las obligaciones convenidas para estos supuestos en las convenciones colectivas.
d) Los casos que por motivo de justicia social establezcan los reglamentos y resoluciones de esta Ley.
e) Prohibición de despido, traslado o desmejora." por lo tanto la empresa o patrón SI debe paga el 33,33% que no paga el seguro social.

Karen dijo...

BUENOS DIAS, TENGO UNA DUDA. DI A LUZ HACE UN AÑO Y LA EMPRESA EN LA QUE TRABAJO DURANTE EL PERIODO POST-PARTO ME CANCELÓ MI SUELDO MENSUALMENTE. TENGO UNA AMIGA QUE TRABAJA EN OTRA EMPRESA Y AL IGUAL QUE A MI A ELLA DURANTE EL PERIODO POST-PARTO LA EMPRESA TAMBIÉN LE CANCELÓ SU SUELDO PERO AHORA YA QUE PASO UN AÑO LA LLAMARON PARA ENTREGARLE UN CHEQUE POR INDEMNIZACIÓN DIARIA DURANTE EL PERIODO POST-PARTO DEL SEGURO SOCIAL IVSS. ¿A MI TAMBIÉN ME DEBEN CANCELAR ESTA INDEMNIZACIÓN? ESTOY UN POCO CONFUNDIDA CON EL TEMA. DE ANTEMANO GRACIAS.

Anónimo dijo...

buenas quisiera qe alguien me dijera si se le puede descontar un dia de trabajo a uno aun cuando lleve el justificativo medico o reposo medico, pero la notificacion al patrono ese dia no se hizo efectiva gracias

Gundo dijo...

Estoy pensionado por el SSO (edad 62 años) y trabajo actualmente en una empresa, Cómo Gerente de Operaciones donde después que salí pensionado no cotizo al SSO. ahora bien, como tengo una suspensión médica por 30 día, pregunto: Cuánto debe pagarme la empresa por sueldo durante la suspensión?

isabel dijo...

Amigo buenos dias, si una persona tiene reposo por 48 horas, y luego se extiende por 72 horas mas, como se le debe cancelar? eudysisabel@gmail.com

Unknown dijo...

Saludos, tengo dos dudas,

Segun lo que mencionas aqui el patrono debe cancelar los 3 primeros dias de falta justificada pero no veo en que parte de la ley que mencionas especifica que es el patrono que debe pagarlo, si existe podrias indicarme cual es porque no se me estan cancelando porque en ninguna parte de la ley reza que el patrono debe cancelar los 3 primeros dias sino solo a partir desde el 4to y el 33,33%.

Lo otro es que los cesta ticket tenia entendido que si la falta era justificada tambien debian pagarlo como si fuese un dia laborado mas cuando la falta es justificada por un medico.

Podrias aclararme estas dudas y en lo posible indicarme donde obtener la informacion palpable para respaldarme ante mi patrono, gracias

Unknown dijo...

BUENAS TARDES, CUANDO UNA PERSONA ESTA DE REPOSO SE DESCUENTA EL APORTE DEL 4%? MI CORREO ES nelita447@gmail.com

Anónimo dijo...

BUENOS DIAS, TENGO UN TRABAJADOR QUE NO COTIZA POR LA EMPRESA XQ ESTA AFILIADO POR OTRA, EN VARIAS OPORTUNIDADES SE HA ENCONTRADO DE REPOSO Y DESPUES DE 3 DIAS SE LE DESCUENTA LA TOTALIDAD YA QUE NO ESTAMOS EN LA OBLIGACION DE CANCELARLE LA DIFERENCIA, AHORA BIEN, ESTOY REALIZANDO LAS PRESTACIONES DE ANTIGUEDAD, DEVERIA DE HACERLE EL DESCUENTOS DE LOS REPOSOS, PARA DIFERENTES MESES... GRACIAS

dulce-2884@hotmail.com

Anónimo dijo...

llevamos los intereses en la contabilidad de la empresa. si un trabajador me solicita el adelanto de interes debo darle el 100% o que porcentaje es lo mas recomendable???

dulce-2884@hotmail.com

Anónimo dijo...

una persona que el patrono no le quiera cancelar su dinero de reposo


Anónimo dijo...

una persona que el patrono no le quiera cancelar su dinero de reposo


Anónimo dijo...

Buenas tardes, tengo un trabajador que lo operaron y lo suspendieron 3 semanas, esta semana recibiria el primer pago, debo cancelarle 3 dias de su salario y los dias restante de su sueldo diario ??? una parte paga el seguro y la otra parte? Gracias.. esperando respuesta gloriadahdah@hotmail.com

Anónimo dijo...

Buenos dias, tengo una trabajadora que tiene reposo desde 01 septiembre 2012 la han tenido que operar en el hombro Izquierdo en una clinica privada, ella ha venido presentando los reposos y la ha validado en IVSS sin embargo tengo ciertas pregunta al respecto:
1.- Tengo entendido que los primeros 3 dias de reposo es pagado por la empresa, ¿ahora el resto lo que dure de reposo lo pagaria el IVSS? o debe el patrono pagar un porcentaje de su salario, que procentaje seria?.
2.- Hasta la fecha, la trabajadora ha cumplido las 52 semanas de reposo y aun no se ha reincorporado en la empresa. ¿Debe el patrono seguir pagando el Beneficio de alimentación aunque siga presentando los reposos en IVSS?.
3.- En diciembre del 2012 todos los empleados de la empresa tomaron vacaciones colectivas, sin embargo la trabajadora se encontraba de reposo, ¿Debe la empresa otorgarle los 15 dias de vacaciones (vacaciones de por ley) luego que se reincorpore a sus labores dentro de la empresa, de lo contrario como seria el caso?.
4.- Bajo que condiciones puede la trabajadora reincorporarse a sus labores, ya que han pasado 9 meses desde que operaron y hasta la fecha los informes del medico privado no dan indicios de su recuperacion, en este caso quien deberia dar el visto bueno para que empiece a laborar el doctor de consultorio privado o el doctor del seguro social?
Muchas gracias por su asesoramiento, a la espera de sus respuesta al correo; susyfan@yahoo.es

Anónimo dijo...

Buenos dias, tengo una trabajadora que tiene reposo desde 01 septiembre 2012 la han tenido que operar en el hombro Izquierdo en una clinica privada, ella ha venido presentando los reposos y la ha validado en IVSS sin embargo tengo ciertas pregunta al respecto:
1.- Tengo entendido que los primeros 3 dias de reposo es pagado por la empresa, ¿ahora el resto lo que dure de reposo lo pagaria el IVSS? o debe el patrono pagar un porcentaje de su salario, que procentaje seria?.
2.- Hasta la fecha, la trabajadora ha cumplido las 52 semanas de reposo y aun no se ha reincorporado en la empresa. ¿Debe el patrono seguir pagando el Beneficio de alimentación aunque siga presentando los reposos en IVSS?.
3.- En diciembre del 2012 todos los empleados de la empresa tomaron vacaciones colectivas, sin embargo la trabajadora se encontraba de reposo, ¿Debe la empresa otorgarle los 15 dias de vacaciones (vacaciones de por ley) luego que se reincorpore a sus labores dentro de la empresa, de lo contrario como seria el caso?.
4.- Bajo que condiciones puede la trabajadora reincorporarse a sus labores, ya que han pasado 9 meses desde que operaron y hasta la fecha los informes del medico privado no dan indicios de su recuperacion, en este caso quien deberia dar el visto bueno para que empiece a laborar el doctor de consultorio privado o el doctor del seguro social?
Muchas gracias por su asesoramiento, a la espera de sus respuesta al correo; susyfan@yahoo.es

Anónimo dijo...

Buenos dias yo quiero saber si los descuentos del sso son varibles o fijos por semana. Osea q si para hacer el descuento del 4% se toman todas las asignaciones o solo el sueldo seguro social gracias espero su respuesta Mi correo:vanessacastillo_c@hotmail.com

Anónimo dijo...

YO QUISIERA SABER SI ALGUNAS PERSONAS DE LAS QUE HACEN COMENTARIOS O PREGUNTAS, LE RESPONDES, XQ ESTA ES LA FECHA Y NO ME SACA DE DUDAS, NO ME HA CONTESTADO

dulce-2884@hotmail.com

Anónimo dijo...

Buenos días, amigo por aca tengo una duda, un trabajador me me trajo un reposo del dia 07-10-2013 por 48 horas, y el vino a laborar el día 10-10-2013, sacando la cuenta seria 72 horas, pero el me dijo que el día 07-10-2013 fue a la medicatura y los vieron a las 8:00 pm y que el reposo contaba a partir del día 08-10-2013 eso es valido?? mi correo es anne_morey@hotmail.com... gracias

Anónimo dijo...

mi mama trabaja por el ministerio de educacion y esta de reposo desde el 2007 esta haciendo tramites para su incapacitacion en relacion a su enfermedad el ivss le paga sus cotizaciones y le descuenta el tiempo de reposo o no. yesicavelasquez16@hotmail.com

Anónimo dijo...


¿QUÉ CONCEPTOS LABORALES DEBEN PAGÁRSELE AL TRABAJADOR CUANDO SE ENCUENTRE DE REPOSO? SI ESTA JUBILADO POR EL MPPE, Y ESTA CON NOSOTROS TRABAJANDO EN UN COLEGIO PRIVADO, Y EN LO QUE VA DE AÑO ESCOLAR, YA TIENE 2 REPOSOS DE 21 DIA C/U

Anónimo dijo...

mi correo es soraidagx@yahoo.com

Anónimo dijo...

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Unknown dijo...

Buen dia tengo una trabajadora que tiene un reposo de un mes y no convalido el reposo se le deben pagar igual los cesta ticket asi no alla convalidado el reposo ante el seguro social correo denissemonasterio@gmail.com

Anónimo dijo...

si tengo 8 meses de reposo por problemas en mi columna la empresa deberia de cancelar mis utilidades y mi 75% de prestaciones sociales si o no

Anónimo dijo...

¿Está usted en necesidad de préstamo? usted puede conseguir sus problemas a resolver cuando
se corre hacia él. Am señora, Anna. Desde Colombia, la semana pasada Lunes,Yo estaba buscando préstamos para pagar mis cuentas, así que me meto en la
parte de diferentes estafas y yo era el fraude diferente prestamista, si no para la señora, Sadaih que es mi buen amigo me presentara a la señora Piedad Lisa
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Anónimo dijo...

necesito asesoria por favor tengo dos enfermedades que entran al cuadro de enfermedades ocupacionales... tuve problema con mi sueldo... angie_r29@outlook.com

Anónimo dijo...

hola buenas noches necesito por favor asesoria mi esposo fue operado de una hernia discal en vista de eso le dieron reposo cuanto le corresponde a la empresa pagar en pórcentaje mi correo es andrimelissa@hotmail.com

Unknown dijo...

buenos días, en el caso de que una persona este de reposo a partir del mes 4, se le hará el calculo de las utilidades solamente por los meses que tuvo activa dentro de la empresa, o se debe cancelar todos los 12 meses, teniendo en cuenta que se le cancela a partir del momento que salio de reposo el 33.33% de su salario. mi duda es debo cancelar solo los meses que laboro, o debo cancelar todo el año pero con un salario integral de lo devengado hasta la fecha osea su salario de los 4 meses y el tiempo donde se le cancelo el 33.33%

Unknown dijo...

mi correo es wilmercpcaragua05@gmail.com

Anonimus dijo...

Buenas tardes, tengo una gran duda que me está volviendo un ocho. Yo me controlo en la maternidad Santa Ana, ahí valide mi reposo, arme la carpeta como ellos me dijeron y me dieron el original del certificado de incapacidad sé lo entregue a la empresa y yo me quede con una copia de constancia. Mi pregunta es la siguiente como sé cuando el IVSS me cancela mi pago del reposo de prenatal? Me llaman? O tengo que ir a unos de sus Centros?

Anónimo dijo...

Buenas tardes mi pregunta es si un empleado labora mediodía cobra cesta ticket?

Anónimo dijo...

Buenas noches laboro en una empresa privada pero estoy de reposo y me estan cancelando solo el 33% del sueldo estipulado segun la ley del seguro social es valido eso por favor asesoreme. Gracias

Unknown dijo...
Este comentario ha sido eliminado por el autor.
Anónimo dijo...

Estoy de reposo medico y tengo aproximadamente 6 meses sin asistir al trabajo y estoy cobrando el 33% tal cual lo dicta la norma. Mi pregunta es la siguiente, cuanto debo cobrar de utilidades? Tengo 2 años en la empresa. Agradezco su ayuda

Anónimo dijo...

BUENAS TARDES , TRABAJO EN UNA EMPRESA DEL GOBIERNO Y ESTUVE DE VACAIONES 11 MESES QUISIERA SABER SI ME TIENEN QUE PAGAR MIS VACACIONES MI CORREO ES JEHJ80@HOTMAIL.COM, ESTE ES MI CORREO NECESITO UNA CONSULTA URGENTE

Anónimo dijo...

hola tengo 6 meses de trabajo y en un chequeo por dolor se reflejo que tengo una hernia discal , y ahora la empresa me dice que ella no corre con eso

Unknown dijo...

buenos días, tengo dos empleos y cotizo solo por uno , me encuentro de reposo por 14 días ,en un empleo estoy de vacaciones colectivas y en el otro aun estoy trabajando como hago para meter los dos reposos en las dos empresas si solo cotizo por a empresa que estoy de vacaciones por favor necesito de su ayuda mi correo es alizarazoduran@gmail.com .

Hernán Valera dijo...

Un trabajador con más de un año de reposo médico, debe recibir utilidades o Bono de fin de año?

Unknown dijo...

amigo me operaron de una enfermedad en el seguro social por la cual me dieron 21 dias de reposo la empresa me pago 3 dias, como haho para la que emprersa me pague el resto tengo entendido que la empresa paga el 33% y el ivss paga el 67%.... como hago para que la empresa me pague el 33%, otra cosa me descontaria algo en cesta tike?
mi correo es : dexextor_21@hotmail.com

Anónimo dijo...

Buenas tardes, me encuentro de reposo medico y en la empresa que es publica realizaron una reducción de personal y me notificaron que quieren prescindir de mis servicio por falta de presupuesto, el reposo medico es por 15 días si no hay operación espero los resultado de la resonancia magnética.Que articulo de la ley me amparan elsanto@hotmail.com

Anónimo dijo...

buenas tengo una trabajadora que tiene un reposo de 21 dias y no convalido ante el seguro social en los primeros 5 dias sino casi teniendo el de reposo y el seguro le dijo que ya perdió ese reposo y el trabajador quiere cobrarmelo que tengo que pagarle y hasta donde ella me puede obligar a cancelarlo...

Unknown dijo...

Hola, que tal mi inconveniente es el siguiente, la empresa para donde trabajo no me paga seguro social ni ley politica unicamente cestaticket y sueldo no nos dan recibo de nada el pago nos dan en efectivo, estoy desde el 15/11/2013 y hasta la fecha nada y no se a donde acudir y que acciones tomar. Bj.bermudez@gmail.com

Anónimo dijo...

Buenas tardes, Ingeniero tengo 3 meses de reposo, debido a que sali en estado y mi embarazo es de alto riesgo por eso no he podido asistir al trabajo, mi pregunta es; si mi patrono esta en el deber de cancelarme algo de sueldo y si me corresponde el bono alimenticio y de ser si cuales son los articulos para hablarle con base, mi correo es jtorrealba1987@gmail.com

Unknown dijo...

buenas. estoy de reposo luego de un accidente no laboral, la empresa me ha pagado 4 meses el 100% del sueldo y ahora decidió cancelarme el 33.33% y el restante que lo haga el ivss, mi duda radica en que yo si estoy inscrita en el seguro social pero de manera independiente y no por parte de la organizacion. ellos pueden hacer eso?
magaus86@gmail.com

Unknown dijo...

buenas. estoy de reposo luego de un accidente no laboral, la empresa me ha pagado 4 meses el 100% del sueldo y ahora decidió cancelarme el 33.33% y el restante que lo haga el ivss, mi duda radica en que yo si estoy inscrita en el seguro social pero de manera independiente y no por parte de la organizacion. ellos pueden hacer eso?
magaus86@gmail.com

Anónimo dijo...

Si estuve un mes de reposo, cuanto deben cancelarme?? Ya que solo me cancelaron 800 bs cada Quincena, y tengo entendido el sueldo minimo es de 3200,

Zranpx@gmail.com

Unknown dijo...

TENGO MAS DE AÑO POR ARTROSIS CERVICAL Y DEL HOMBRO IZQUIERDO, ESTOY EN PROCESO DE INCAPACIDAD. ME SUSPENDEN EL SUELDO ES LEGAL QUE HAGO......WJSM2013@GMAIL.COM

Yenny dijo...
Este comentario ha sido eliminado por el autor.
Unknown dijo...

Buenas noches desde q empezo a regir la nueva LOTT en la empresa nos liquidan anualmente y nos cortan el seguro social es decir los tres primeros meses enero febrero y marzo no lo cotizamos y en mi cta invidual del IVSS aparezco cm egresado hasta diciembre, siendo q estamos laborando . eso es LEGAL? agradezco me asesore gracias...munozbet@gmail.com

Anónimo dijo...

Hola yo estoy de post natal pero el pediatra de mi hijo me dio un reposo por cuidado materno. Por cual me debo regir si son simultáneos y tienen fechas distintas de reintegro??

Anónimo dijo...

Hola yo estoy de post natal pero el pediatra de mi hijo me dio un reposo por cuidado materno. Por cual me debo regir si son simultáneos y tienen fechas distintas de reintegro?? misebita2013@hotmail.com

Anónimo dijo...

BUENAS TARDES ESTOY EMBARAZADA Y ME TARDE UNA SEMANA EN ENTREGAR MI REPOSO A LOS JEFES, HAY DERECHO A DESPIDO POR ESO? ACA MI CORREO CRISMAR660@HOTMAIL.COM POR FAVOR NECESITO RESPUESTA URGENTE GRACIAS

Anónimo dijo...

Soy trabajadora publica y ya cumpli con las 52 semanas de reposo,ya envien la F14-08 y las carpetas al ivss, me depositaton por primera vez el 33.33% en la 2QFebrero , en la 1QMarzo no me depositaron nada y en la 2QMarzo solo 200bs, que debo hacer que sea legal y justo para ellos y para mi, agradeceria su respuesta lo mas pronto posible. Malena

Unknown dijo...

Buenos días! Me gustaría saber si usted sabe que requisitos debo llevar al IVSS si necesito que me cancelen el resto del sueldo, ya que por estar de reposo desde que comenzó el año solo me han pagado el 33.33% del sueldo. Y si se puede solicitar la pensión por incapacidad? ya que en el IVSS donde me reciben los reposos me dieron una planilla para eso. Gracias! jacqueblanc@gmail.com

Anónimo dijo...

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 gracias,
Sra. Elizabeth Patrick

Anónimo dijo...

Buen dia Dios le bendiga. Tengo un caso con un obrero, este obrero trabaja en la empresa donde laboro! a su vez el trabajo en una bodega, en diciembre se le pago sus vacaciones y utilidades. Al entrar en enero trae un reposo porque le diagnosticaron tuberculosis, cada mes trae un reposo que no es por el seguro social. La doctora que lo atiende le dice que tenemos que pagarle todos los dias que tiene de reposo. y segun fuentes nos han indivado que este obrero a estado trabajando albañileria en otros sitios. Que se debe hacer? tenemos que pagarles sus dias? o cual es nuestra obligacion? gracias mi correo es rogercartaya33@hotmail.com

Unknown dijo...

buenas tarde tengo entendido q es el 33,33% a partir del 4to dia , pero la modificacion de reglamento en el 141 dice 2 /3 por favor existe tacitamente en algun marco legal el pago como deberia ser .Gracias correo : orlandoacc@gmail.com

Anónimo dijo...

Buenos dias yo gano sueldo fijo mas bono de asistencia trimestral y quiero saber si los descuentos del sso son variables o fijos por semana. Osea q si para hacer el descuento del 4% se toman todas las asignaciones o solo el sueldo gracias espero su respuesta Mi correo es:josebolivar77@hotmail.com

Anónimo dijo...

Hola buenas tardes, estuve trabajando en una empresa durante un mes y 11 días, resulta que renuncié cuánto debe pagarme la empresa? mi sueldo mensual es de 3270,30.

Anónimo dijo...

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Unknown dijo...

buenos días, mi esposo ha trabajado por 1 año y 7 meses y la empresa no lo tienen en inscrito en el I.V.S.S. de los beneficios estipulados por la ley solo cuenta con el pago de cesta ticke, al momento de retirarse el pudiera solicitar la indemizacion por todos los beneficios que no le han sido cancelados??

Anónimo dijo...

que hay decierto q cuando uno esta de reposo pre natal y post natal y se vence el reposo en septiembre q hay d cierto q no m toca arreglo en diciembre por no haber trabajado ese tiempo si m podria responder gracias este es mi correo jaksymar@hotmail.com

Anónimo dijo...

Buenos días, si el trabajador me presenta un reposo de solo tres días se los tengo que pagar o solo lo tomo como en permiso justificado sin remuneración??? agradezco la respuesta mariamrivero1@gmail.com

desconosido dijo...

Hola buen día mi pregunta es la siguiente en caso de tener una empresa que apenas va iniciando y todavía no cotiza segura social ya que esta en tramites para la inscripción y tiene un personal que cobra por honorarios profesionales, el cual tiene un reposo medico por 10 días, se le cancelan los 10 días que no laboro por el reposo en su salario quincenal...? mi correo es yennyclara.25@gmail.com

Anónimo dijo...

buenos días, si un trabajador presenta constancia de médico que indica operación, y se le realiza la misma, la empresa esta obligada a cancelar el reposo??, o debe solo cancelar el 33,33% ya que el trabajador se encuentra afiliado al seguro social.. correo mgydm@hotmail.com

Anónimo dijo...

Auxilio.
El reposo de 1 a 3 dias lo paga la empresa?????
El reposo de 4 a 10 dias omas lo paga el Seguro social completo el 100% de sueldo????? la empresa en este caso debe pagar los 3 primeros dias?
El permiso por consulta medica quien lo paga ???
El permiso por diigencia quien lo paga???
El pre y el post lo paga el seguro el 100% ????

Mi correo accmacarmen@gmail.com

Anónimo dijo...

hola buenas yo tuve un accidente laboral, me cayo una santa maría en la cabeza en mi trabajo mi jefa estaba conmigo cuando sucedió y ni me miro perdí hasta la visión y la empresa tampoco notifico a inpsasel de el caso a los 15 dias no aguantaba en dolor de cabeza y me fui a la clinica donde me hospitalizaron por diez dias por traumatismo neurocraneal y contusión cerebral donde yo fui quien cubrio los gastos la empresa no me dio ni un bolivar y de paso me descontaron las quincena completa cree usted que yo puedo demandar a la empresa para q me pague lo q me paso en mi trabajo o que medidas puedo tomar porq aun tengo secuelas del traumatisco y la lesion y bajo tratamientos muy costosos

Anónimo dijo...

hola buenas yo tuve un accidente laboral, me cayo una santa maría en la cabeza en mi trabajo mi jefa estaba conmigo cuando sucedió y ni me miro perdí hasta la visión y la empresa tampoco notifico a inpsasel de el caso a los 15 dias no aguantaba en dolor de cabeza y me fui a la clinica donde me hospitalizaron por diez dias por traumatismo neurocraneal y contusión cerebral donde yo fui quien cubrio los gastos la empresa no me dio ni un bolivar y de paso me descontaron las quincena completa cree usted que yo puedo demandar a la empresa para q me pague lo q me paso en mi trabajo o que medidas puedo tomar porq aun tengo secuelas del traumatisco y la lesion y bajo tratamientos muy costosos enmanuel5_11@hotmail.com espero me pueda ayudar

Anónimo dijo...

hola buenas tardes mi caso es el siguiente:fui operadad el 15/1/14 y estuve de reposo por 5 meses, fui operada por una enfermedad degenerativa que tengo, pero en esta oportunidad, el seguro me valido 2 reposos los otros quedaron extenporaneos con fecha de convalidacion el 8/12/14 y los otros no fueron validados ya que estoy en rehabilitacion y era la medico fisiatra quien debia de darme los reposos esto no me fue indicado sino el dia 27/6/14 y ya para esta fecha no se cumple con lo estipulado en la ley, solo me pueden colocar un sello como prueba que yo hice los tramites por el seguro, por favor me podrian indicar si esto es causal de despido, o si es posible que la empresa no tome acciones a pesar de que ellos estan concientes que si fui operadad y de mi enfermedad gracias mi correo es mildrebenitez@hotmail.com

Anónimo dijo...

Buenas tardes, mi pregunta es la siguiente: un trabajador que este de reposo, no se le debe de retener seguro social? si es cierto por favor indicarme en que articulo de la ley queda establecida. gracias. tinasocalis@hotmail.com

Anónimo dijo...

Buenas tardes. Será posibe que me indique como se refleja en el recibo de pago que solo se cancelan los 3 primeros días de reposo y los otro dias con el 33% cual seria el concepto para ambos: gracias marinantonieta@hotmail.com

Anónimo dijo...

Buenas tardes trabajo con la gobernacion del Estado Bolivar y perdi un dia tengo un justificativo por clinica y no me lo aceptan y me estan descontando el dia es valido o no mi justificativo por clinica o no

Anónimo dijo...

Buenas tardes actualmente estoy de reposo en proceso de incapacitación quisiera saber si me corresponde utilidades y vacaciones vencidas antes del reposo gracias

Anónimo dijo...

BUENAS TARDES TENGO UN TRABAJADOR QUE ESTA PROXIMO A OPERARSE Y TIENE QUE GUARDAR REPOSO POR UN MES, DICHA OPERACION NO TIENE NADA QUE VER CON ENFERMEDAD LABORAL NI ACCIDENTE DE TRABAJO, DEVENGA SALARIO MINIMO. ¿COMO PATRONO QUE ESTOY OBLIGADO A CANCELARLE POR EL TIEMPO QUE DURARA SU RECUPERACION, GRACIAS, Responder a leca06@hotmail.com

Anónimo dijo...

BUENAS TARDES CUANDO UN TRABAJADOR TRABAJA EN DOS EMPRESAS Y COTIZA EN UNA SOLA EL SSO LA OTRA EMPRESA CON LA QUE NO COTIZA QUE PORCENTAJE LE DEBE PAGAR AL EMPLEADO? GRACIAS anacarol44@hotmail.com

Anónimo dijo...

BUENAS NOCHE TENGO UNA TRABAJADORA QUE COTIZA POR OTRA EMPRESA Y ESTA EMBARAZADA TENGO QUE PAGARLE LOS SALARIOS CUANDO ESTE DE REPOSO ESTARE OBLIGADA A PAGARLE ALGO AUNQUE COTICE POR LA OTRA EMPRESA?

Empleador justo y en contra de los abusos del empleado dijo...

Buenas noches, cuando traen un justificativo médico del seguro social, ese día debe pagarse como laborado o sólo se le acepta ante la ausencia laboral? Agradezco respuesta a este correo: norlmart@hotmail.com

Anónimo dijo...

soy funcionaria publica y por motivos de enfermedad tengo 06 años de reposo y la alcaldía en la cual tengo 22 años de servicio, no me jubilan porque según no tengo el tiempo estipulado por la ley que son 25 y no me arreglan porque no hay dinero en total que a partir de este año me suspendieron el pago quincenal lo único que recibo son 300 bs, y que para que el seguro me rembolse el resto pero tampoco se puede porque soy pensionada por vejez hasta las vacaciones dejaron de pagar y yo me pregunto que hago donde voy a donde va a parar ese dinero ya no tengo ni para el tratamiento ayuda julifgm@gmail.com

Anónimo dijo...

Hola, soy parte de una Junta de Condominio de un conjunto residencial de 4 torres y 4 trabajadoras residenciales, una de ella tiene su empleo con nosotros y vive en el apto asignado y en las noches de Miercoles a Domingo tiene un trabajo formal de 7pm a 12:00am. tenemos implicacione legales de permitir esto? como nos cubriomos en caso de accidente fuera de las residencias? es legar que ella tenga esos dos empleos? Gracias.

Anónimo dijo...

Buenas Tardes, un trabajador con 2 años y 4 meses de reposo puede solicitar sus vacaciones

erar666@hotmail.com

Anónimo dijo...

buenas noches y si por ejemplo el caso es de reposo pre- natal y post- natal como se haria en ese caso... espero una respuesta satisfactoria.. o consejo

Anónimo dijo...

buenas tardes queria preguntar si yo tengo reposo por 10 dias, y ciertamente la empresa me cancela el 33,33% de mi sueldo y el resto me lo paga el seguro social, queria preguntar porque la empresa no me paga los dias de descanso (Sabado y Domingo) es eso correcto?

Anónimo dijo...

buenas quisiera que me saquen de duda por enfermedad el medico internista me dio un reposo de 3 días pero me refirió al traumatólogo por problemas de cervical me dio un reposo por 3 días mas la pregunta es el patrono me debe cancelar los 6 días de reposo que son diferentes situaciones medicas

angelicaq dijo...

Buenos dias, pertenezco a un organismo adscrito al ministerio de deporte, mi consulta es la siguiente , el dia 3 de julio salio gaceta ogicial donde ajuste salario a obreros y empleados de la administracion publica, ya a esta fecha de agosto aun no se nos ha ajustado, la respuesta oficial es que esta en estudio y que aun no hay "presupuesto" para cubrir dicho ajuste. Ahora bien si fue un decreto presidencial no deberia acatarse esta nueva instruccion asi sea pidiendo recursos extra para asumirlos? nos dijeron que esperaramos al 15 de septiembre, es esto legal? igualmente otro organismo adscrito al mismo ministerio recibio ajuste en prima de transporte y farmacia cuando fuimos a solicitar que nos igualaran este beneficio nos repitieron lo mismo no hay presupuesto y que somos organismo separados que no debemos esperar el mismo pago. La inflacion afecta a todos por igual, hace una semana aumento la tarifa de transporte, y como debemos ajustarnos nosotros con hijos y demas gastos? Aunado a todo esto tomaron una medida (sin informar previamente) de que TODOS aquellos reposos validados por el sseguro social sea cual sea, solo pagaran el 33% del salario el resto tendremos que buscarlo en las oficinas del seguro social, todo esto ha sucedido en este mes de agosto, necesito orientacion de como proceder / vivix19@gmail.com

angelicaq dijo...

Buenos dias, pertenezco a un organismo adscrito al ministerio de deporte, mi consulta es la siguiente , el dia 3 de julio salio gaceta ogicial donde ajuste salario a obreros y empleados de la administracion publica, ya a esta fecha de agosto aun no se nos ha ajustado, la respuesta oficial es que esta en estudio y que aun no hay "presupuesto" para cubrir dicho ajuste. Ahora bien si fue un decreto presidencial no deberia acatarse esta nueva instruccion asi sea pidiendo recursos extra para asumirlos? nos dijeron que esperaramos al 15 de septiembre, es esto legal? igualmente otro organismo adscrito al mismo ministerio recibio ajuste en prima de transporte y farmacia cuando fuimos a solicitar que nos igualaran este beneficio nos repitieron lo mismo no hay presupuesto y que somos organismo separados que no debemos esperar el mismo pago. La inflacion afecta a todos por igual, hace una semana aumento la tarifa de transporte, y como debemos ajustarnos nosotros con hijos y demas gastos? Aunado a todo esto tomaron una medida (sin informar previamente) de que TODOS aquellos reposos validados por el sseguro social sea cual sea, solo pagaran el 33% del salario el resto tendremos que buscarlo en las oficinas del seguro social, todo esto ha sucedido en este mes de agosto, necesito orientacion de como proceder / vivix19@gmail.com

Anónimo dijo...

Buenas tardes. Si un trabajador labora para 2 patronos y cotiza solo por uno de ellos, como se debe pagar los reposos? Cuál es la obligación del patrono por el cual no cotiza, le debe pagar los 3 primeros dás? mi correo es marilis1809@hotmail.com

Unknown dijo...

hola buenas tardes. estoy embarazada y me operaron de apendicitis he tenido muchas complicaciones y ya tengo 3 meses de reposo... mi pregunta es si me tocaría utilidades en la empresa donde trabajo... espero respuesta gracias anafvasquez2@gmail.com

Unknown dijo...

hola buenas tardes. estoy embarazada y me operaron de apendicitis he tenido muchas complicaciones y ya tengo 3 meses de reposo... mi pregunta es si me tocaría utilidades en la empresa donde trabajo... espero respuesta gracias anafvasquez2@gmail.com

Unknown dijo...

hola buenas mi mama fue operada y ya ha tenido varios reposos todos se han llevado al ivss ya ella tiene 2 meses de haber sido operada , el primer mes la empresa le pago todo como esta establecido en la ley pero este mes solo le pagaron el sueldo y no sus cestatickes a donde nos dirijimos y que tendria que hacer ? gracias espero que me ayuden niniale140927@gmail.com

Unknown dijo...

cuando una persona trabaja en 2 empresas y cotiza el sso en una, sale de reposo no convalidado por el s.s.o. como debe pagarse al empleado en la empresa donde no cotiza?? dayanigraterol@gmail.com

egly dijo...

Buenos dias, tengo un trabajador que lo operaron y le otorgaron reposo, como debo cancelarle 3 dias de su salario y los 4 dias restante el 33.3 % de su sueldo diario ya que dicho trabajador cobra semanal ??? Gracias.. esperando respuesta ainhoa15@gmail.com.com

Unknown dijo...

buenas tardes quisiera saber como imnplica un reposo en el trabajado con respecto al pago, tengo un año y medio en una empresa donde no he cotizado sso, afecta a el patron esto si lo llevo a lo legal ya q estan renuente a solucionar el problema? necesito pronta ayuda....gracias,....

Unknown dijo...
Este comentario ha sido eliminado por el autor.
Patricia Kingsman prestamos dijo...

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Patricia Kingsman prestamos dijo...

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Patricia Kingsman prestamos dijo...

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Envíenos un correo electrónico a través de: patriciakingsman.loans2016@gmail.com

Saludos
Sra Patricia Kingsman
Correo electrónico: patriciakingsman.loans2016@gmail.com
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Unknown dijo...

buen dia necesito saber con claridad soy supervisor en una empresa el cual trabajo resulta que tube un accidente antes de salir de vacaciones y me golpe una rodilla fue al medico de la empresa me dijo que no habia problemas ahora sali de vacaciones mi pregunta es el accidente fue dentro de la empresa si me dan reposo tenporal porque todavia me duele y camino con dificultady seme inflama demacido tienen que pagarme el salario normal como si estubiera trabajando y el bono de alimencion asi como los gastos medico que me recomienda

Unknown dijo...

buen dia necesito saber con claridad soy supervisor en una empresa el cual trabajo resulta que tube un accidente antes de salir de vacaciones y me golpe una rodilla fue al medico de la empresa me dijo que no habia problemas ahora sali de vacaciones mi pregunta es el accidente fue dentro de la empresa si me dan reposo tenporal porque todavia me duele y camino con dificultady seme inflama demacido tienen que pagarme el salario normal como si estubiera trabajando y el bono de alimencion asi como los gastos medico que me recomienda

Anónimo dijo...

Buenas noches me paso algo similar yo soy supervisora de una empresa, me golpie la rodilla trabajando pero no reporte porque pensé que solo era algo leve ahora salí de vacaciones, sentí mucho dolor al pasar los días me indicaron bursitis.. Me dieron reposo por 15 días pero yo estoy de vacaciones en la empresa.. Tengo entendido que es obligación de la empresa suspender las vacaciones por el tiempo de reposo y luego activarlas de nuevo, que debo hacer si no deseo meter el reposo el seguro ya lo envió por correo a la empresa pero por la situación pais de Venezuela no deseo suspender mis vacaciones quiero dar por aludido el reposo es legal? Mi correo es Mary.infa@hormail. Com

Anónimo dijo...

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Benson Xhaga dijo...

Hola,
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norvelis dijo...

buenas me encuentro de reposo por accidente laboral tengo 6 meses de reposo pagaron un bono trimestral a mi no me pagaron me dicen q a ellos les corresponde darme mi beneficio quien me puede decir si es asi o no

Mrs. Susan Brian dijo...

Hola a todos,

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Solution dijo...

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Rebecca Michaelson dijo...

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