Los objetivos del presente boletín están
orientados en concientizar sobre la causas más comunes de los accidentes
vehiculares, conocer los aspectos más resaltantes de la normativa vigente sobre
la seguridad vial en Venezuela en especial sobre los límites de velocidad, la
obligatoriedad del uso del cinturón de seguridad y las sanciones que aplican en
caso de incumplimiento según la ley de tránsito terrestre.
LÍMITES DE VELOCIDAD
La velocidad a que deben circular los vehículos son
las indicadas en las señales de reglamentación dispuestas en cada vía y son
específicas para las características de dicha vía.
Cuando no estén dispuestas señales de reglamentación
en la vía, se asumen las siguientes normas:
·
Carreteras:
70 Km/h en el día - 50 Km/h en la noche
·
Autopistas:
90 Km/h velocidad constante en el canal izquierdo
70 Km/h velocidad máxima en el canal derecho
·
Zona Urbanas:
40 Km/h
En caso de lluvia, neblina,
humedad en el pavimento u otras circunstancias, se debe disminuir la velocidad
reglamentaria en un 30%
¿Por qué es importante usar el cinturón de seguridad?
- Impide
que la fuerza del choque lleve al conductor a golpearse con algún elemento
del vehículo y pierda el conocimiento.
- El conductor que es lanzado fuera del vehículo tiene más probabilidades de perder la vida que si permanece en el interior, protegido por el chasis del carro.
El artículo 169 de
la Ley de Tránsito Terrestre, establece sobre las sanciones por infracción:
Serán sancionados
o sancionadas con multas de diez unidades tributarias (10 U.T.), quienes
incurran en las siguientes infracciones:
1. Conducir
vehículos sin haber obtenido la licencia o título profesional correspondiente.
2. Desatender las
indicaciones de los semáforos.
3. Conducir
vehículos sin haber aprobado la revisión técnica, mecánica y física de los
mismos en la oportunidad debida.
4. Conducir
vehículos sobrepasando el límite permitido de velocidad.
5. Circular
con vehículos de transporte terrestre público o privado de personas y de carga,
por los canales de circulación no permitidos para tales vehículos.
6. Conducir
vehículos bajo influencia de bebidas alcohólicas, sustancias estupefacientes o
psicotrópicas.
7. Conducir
vehículos utilizando equipos de comunicación, con excepción del dispositivo de
manos libres.
8. No hacer uso
del cinturón de seguridad, ni velar porque los demás ocupantes del vehículo lo
utilicen debidamente.
9. Los que se den
a la fuga en caso de estar involucrados en accidentes de tránsito.
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