La
Norma Técnica del INPSASEL 01-08 para el programa de Seguridad y Salud en el
Trabajo (PSST), Establece los criterios, pautas y procedimientos fundamentales
para el diseño, elaboración, implementación, seguimiento y evaluación de un
Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo, así como su contenido:
1.-
Descripción del proceso productivo.
2.-
Política de Seguridad y Salud en el Trabajo.
3.-
Planes de trabajos para abordar los procesos peligrosos:
-Inducción
a nuevos ingresos y cambios o modificación de tareas/puestos de Trabajo.
-Educación
periódica de las trabajadoras y los trabajadores.
-Procesos
de inspección.
-Monitoreo
y vigilancia epidemiológica de los riesgos y procesos peligrosos.
-Monitoreo y vigilancia epidemiológica
de la salud de las trabajadoras y los trabajadores.
-Monitoreo
y vigilancia de la utilización del tiempo libre de las trabajadoras y los
trabajadores.
-Reglas,
normas y procedimientos de trabajo seguro y saludable.
-Dotación
de equipos de protección personal y colectiva.
-Atención
preventiva en salud de las trabajadoras y trabajadores.
-Planes
de contingencia y atención de emergencias.
-Recursos
económicos precisos para la consecución de los objetivos propuestos.
-Ingeniería
y ergonomía.
4.-Investigación de accidentes de trabajo y de Enfermedades
ocupacionales.
5.-Compromiso
de hacer cumplir los planes establecidos en
el programa de seguridad y salud en el trabajo.
6.-La
evaluación del programa de seguridad y salud en el trabajo.
Importancia del Programa de
Seguridad y Salud en el Trabajo (PSST)
La puesta en marcha de los
programas de Seguridad y Salud en el Trabajo es indispensable en la prevención
de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Ocupacionales. Es un Instrumento que
responde a la realidad social, laboral, política y económica; donde el papel
activo y protagónico es de los trabajadores y trabajadoras, se traduce en una
construcción colectiva, a fin de lograr la unidad de criterios y la consecución
de sus objetivos.
Responsabilidades:
El
empleador o empleadora es responsable de asegurar la elaboración,
puesta en práctica y funcionamiento del Programa de Seguridad y Salud en el
Trabajo.
El
Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo es el responsable de
elaborar la propuesta del Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo con la
participación de los trabajadores y trabajadoras, someterlo a la revisión y aprobación
del Comité de Seguridad y Salud Laboral.
Los
delegados y delegadas de prevención como representantes de los
trabajadores y trabajadoras, deben garantizar que los mismos estén informados y
participen activamente en la prevención de accidentes de trabajo y enfermedades
ocupacionales.
El
Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales es el
responsable de aprobar y vigilar la aplicación del Programa de Seguridad y
Salud en el Trabajo de la Empresa o Establecimiento.
Método de Construcción:
La metodología a aplicar debe garantizar la participación de los
trabajadores y trabajadoras en el diagnostico de las necesidades del centro de
trabajo, mediante el intercambio de conocimientos, saberes, experiencias y el
aprendizaje, consensuado con el saber técnico de los profesionales del servicio
de Salud y Seguridad en el Trabajo.
2 comentarios:
Muy bueno el comnpendio !
un cordial saludo Ing. esta interezante
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