La ocurrencia de un accidente de trabajo o una enfermedad ocupacional en la empresa u organización lleva implícito un evidente impacto económico, derivado de las diversas indemnizaciones a las cuales queda obligado el empleador para con el trabajador lesionado o enfermo, o para con su grupo familiar, según sean las circunstancias, a continuación se presenta en resumen las principales consecuencias económicas:
Concepto/ fundamento legal
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Indemnizaciones
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Excepción
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Responsabilidad subjetiva
(LOPCYMAT, art . 130 (Hecho ilícito patronal)
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Desde el salario
correspondiente a ocho años para el caso más grave como es la muerte del
trabajador, hasta el doble dl salario correspondiente a los días de reposo en
caso de discapacidad temporal.
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El empleador que haya cumplido con la normativa de seguridad y salud
laboral
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Responsabilidad subjetiva por
secuela o deformaciones permanentes (LOPCYMAT, art . 71 y 130 tercer aparte
(Hecho ilícito patronal)
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Salario de cinco años contando
los días continuos.
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El empleador que haya cumplido con la normativa de seguridad y salud
laboral
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2 comentarios:
Exelente.
Exelente.
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